Derecho real de garantía que recae sobre bienes muebles,
mediante el cual el deudor entrega al acreedor la posesión
de una cosa en garantía del cumplimiento de una obligación,
conforme al Código Civil de Puerto Rico de 2020.
Categoría: Derechos Reales
Anticresis
Derecho real de garantía mediante el cual el acreedor adquiere
el derecho a percibir los frutos de un inmueble del deudor,
aplicándolos primero al pago de intereses y luego al capital,
conforme al artículo 1017 del Código Civil de Puerto Rico de 2020.
Detentar
Poseer ilícitamente. ejemplo: De los herederos demandados, solo se emplazó a Maximiliano, quien detentaba la propiedad en disputa.
Superficies solo cedit
Principio del derecho romano por el cual todo lo edificado,
plantado o sembrado en un terreno se presume propiedad del
dueño del suelo, salvo disposición legal o pacto en contrario,
conforme al Código Civil de Puerto Rico de 2020.
Hallazgo
Modalidad de ocupación mediante la cual quien encuentra una cosa
mueble perdida queda obligado a restituirla a su dueño o
entregarla a las autoridades, sin que opere automáticamente
la adquisición del dominio, conforme al Código Civil de
Puerto Rico de 2020.
Ocupación
Modo originario de adquirir el dominio mediante la aprehensión
de una cosa que no pertenece a nadie, con intención de hacerla
propia, conforme al Código Civil de Puerto Rico de 2020.
Tradición
Modo de adquirir el dominio mediante la entrega de una cosa por
parte del transmitente al adquirente, en virtud de un título
legítimo y con intención de transferir la propiedad, conforme
al Código Civil de Puerto Rico de 2020.